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proceso:ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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Instituciones (51)
ASAMBLEA LEGISLATIVA
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ASOCIACION GUIAS Y SCOUT DE COSTA RICA
1
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
1
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
1
BN VALORES PUESTO DE BOLSA S.A.
1
CENTRO DE FORMACION DE FORMADORES (CEFOF)
1
COLEGIO UNIVERSITARIO PARA EL RIEGO Y DESARROLLO DEL TROPICO SECO (CURDTS)
1
COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION DE EMERGENCIAS
1
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
2
CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
1
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS (CONICIT)
1
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
1
CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISION DEL SISTEMA FINANCIERO (CONASSIF)
1
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
1
CORPORACION BANANERA NACIONAL
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER JUDICIAL
2
DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
2
FEDERACION MUNICIPAL REGIONAL DEL ESTE (FEDEMUR)
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INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES
2
INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACION Y ENSEÑANZA EN NUTRICION Y SALUD (INCIENSA)
1
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
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INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
1
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
1
INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES
1
JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO TECNICO PROFESIONAL LA FORTUNA DE SAN CARLOS
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JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
1
JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
2
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
2
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
1
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS
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MUNICIPALIDAD DE BARVA
2
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
1
MUNICIPALIDAD DE CAÑAS
1
MUNICIPALIDAD DE COTO BRUS
1
MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
1
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
1
MUNICIPALIDAD DE LA UNION
1
MUNICIPALIDAD DE LIMON
1
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO
1
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
1
MUNICIPALIDAD DE PARRITA
1
MUNICIPALIDAD DE PEREZ ZELEDON
2
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
3
MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO
1
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
1
MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA DE HEREDIA
1
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
1
MUNICIPALIDAD DE TIBAS
1
MUNICIPALIDAD DE VASQUEZ DE CORONADO
1
NO APLICA
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UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA (UNED)
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales FOE-SOC-0738 2 14 de agosto, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 09335 14 de agosto, 2007 FOE-SOC-0738 Doctora Marcela Leandro Ulloa Directora Ejecutiva, a.i. INSTITUTO COSTARRICENSE CONTRA EL CÁNCER Estimada señora: Asunto: Devolución de documentación relativa a queja presentada por una funcionaria del Instituto Costarricense contra el Cáncer. Se atiende su oficio No. DE-320-07-2007 del pasado 25 de julio, mediante el cual remite documentación relativa a una queja contra el Auditor Interno del Instituto Costarricense contra el Cáncer (ICCC), interpuesta por una funcionaria de ese Instituto; lo anterior, de conformidad con el acuerdo de Junta Directiva, tomado en la Sesión No. 16 del 23 de ese mismo mes. Sobre el particular, se le informa que el objeto de su gestión se refiere a un asunto de índole laboral que compete ser valorado y resuelto previamente por la Junta Directiva del ICCC, como superior inmediato del citado Auditor, según lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley General de Control Interno, No. 8292 del 31 de julio de 2002, cuanto establece que: “El auditor y el subauditor internos de los entes y órganos sujetos a esta Ley dependerán orgánicamente del máximo jerarca, quien los nombrará y establecerá las regulaciones de tipo administrativo que les serán aplicables a dichos funcionarios…”. De ahí que, lo correspondiente en este caso es que sea esa Junta Directiva la que ordene una investigación sobre las actuaciones denunciadas, con el propósito de fundamentar tales actuaciones y, en el caso de que resultara procedente, disponer la apertura de un procedimiento administrativo a efecto de establecer la verdad real de los hechos y de determinar las eventuales responsabilidades que pudiesen ser atribuidas sobre el particular; ello, por supuesto en respeto de los principios constituci ...
Fecha publicación: 17/08/2007
Fecha emisión: 09/08/2007
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República FOE-SAF-0300 (8855)........... 2 08.de agosto, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nro. 8855 08 de agosto, 2007 FOE-SAF-0300 Señora Licda. Mariela Rojas S. Directora Unidad Financiera Ministerio de Comercio Exterior Estimada señora: Asunto: Consulta sobre la posibilidad de realizar viajes internos por vía aérea. Refiere en su nota UF-059-2007 del 15 de junio de los corrientes, que en atención a las funciones y necesidades del Ministerio de Comercio Exterior, es necesario que funcionarios se desplacen frecuentemente a diferentes lugares del país para brindar información sobre el estado de las diferentes negociaciones comerciales que se realizan, por lo cual, consulta sobre la opción de realizar esos viajes internos por vía aérea, siendo que en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, no se establece nada sobre ese tipo de gasto, por lo cual –afirma- es importante tener la aprobación de dicho ente rector. Al respecto, como bien apunta en su oficio, en el citado Reglamento, así como en la Ley Nro. 3462, Reguladora de Gastos de Viaje y Transporte de Funcionarios del Estado del 26 de noviembre de 1964, no se hace expresa mención sobre el punto consultado, empero, si se establecen lineamientos generales que ayudan a su correcta interpretación y aplicación por parte de las administraciones activas. Debe partirse de la base, de que lo regulado por la Ley y el Reglamento, obedece a desplazamientos del servidor público de su sitio habitual de trabajo a lo interno o externo del país, pero siempre en funciones de trabajo y en lo posible, las giras corresponderán a una previa planeación, a fin de procurar el mejor uso del tiempo del servidor y de los recursos estata ...
Fecha publicación: 12/08/2007
Fecha emisión: 06/08/2007
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS
Tesauro: Medios mas economicos, Precio mas economico


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area de servicios municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales Sr. -2- 13-11-2000 Al contestar refiérase al oficio Nº 08227 25 de julio, 2007 FOE-SM-1412 Señora Xinia Espinoza Morales Secretaria del Concejo MUNICIPALIDAD DE GARABITO Puntarenas Estimada señora: Asunto: Se atiende solicitud de criterio con respecto a si el pago de dietas a regidores y síndicos municipales está sujeto al Impuesto sobre la Renta. Se atiende la solicitud de criterio recibida mediante el oficio No. S.G. 329-2007, que ingresó a este Despacho el pasado 23 de julio, en el que se consulta si el Impuesto sobre la Renta aplica al pago de dietas que reciben los regidores y síndicos municipales. Sobre el particular y con la atenta solicitud de que lo haga del conocimiento del Concejo Municipal, se indica que sobre los montos que se reconocen por dietas a los regidores y síndicos por asistir a las sesiones municipales, se debe aplicar como retención un 15% por concepto de Impuesto sobre la Renta. El punto ya ha sido tratado en anteriores oficios de esta Contraloría General, entre ellos el No. 3843-2002, del cual se adjunta copia. Atentamente, Licda. Giselle Segnini Hurtado Dídier Mora Retana Gerente de Área Fiscalizador DMR/GSH/gsl Adjunto: Fotocopia oficio 3843-2002 de CGR ci Concejo Municipal de Garabito Archivo Central Ni: 14471 G: 2007000045-31 ] ...
Fecha publicación: 09/08/2007
Fecha emisión: 25/07/2007
Institución: NO APLICA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales Sr. Gerardo Sandí Hidalgo -2- 31 de julio, 2007 Al contestar refiérase al oficio No. 08488 31 de julio, 2007 FOE-SM-1440 Señor Gerardo Sandí Hidalgo Secretario del Concejo MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO Alajuela Estimado señor: Asunto: Respuesta a oficio No. SCM-SM-247-07, referente a solicitud de permiso para que la plaza de Auditoría Interna continúe a medio tiempo para el año 2008. Con la solicitud de que lo haga del conocimiento de los señores regidores, se atiende su oficio Nº SCM-SM-247-07 del 17 de julio de 2007, mediante el cual transcribe Acuerdo 3, Artículo 5, de la Sesión Ordinaria Nº 62, celebrada por el Concejo Municipal de San Mateo el 9 de julio de 2007, en el que se requiere permiso a esta Contraloría General para que la plaza de Auditoría Interna Municipal continúe ejerciéndose a medio tiempo durante el año 2008. Al respecto, es preciso recordar lo que establece el artículo 30 de la Ley General de Control Interno Nº 8292, que seguidamente se transcribe: “(…) ARTICULO 30.- Jornada Laboral. La jornada laboral del auditor y subauditor internos será de tiempo completo. En casos muy calificados, el jerarca podrá solicitar a la Contraloría General de la República una reducción de la jornada, la cual no podrá ser inferior a medio tiempo./ Las municipalidades cuyo presupuesto ordinario sea igual o inferior a doscientos millones de colones (¢200.000.000,00), podrán contratar, sin la autorización de la Contraloría General de la República, al auditor y al subauditor internos únicamente por medio tiempo./ Para reducir la jornada laboral de la plaza del auditor o del subauditor internos, el jerarca ordenará un estudio técnico, que deberá presentarse a la Contraloría General de la República, la que resolverá en definitiva lo que proceda”. El referido requerimiento conlleva implícitame ...
Fecha publicación: 08/08/2007
Fecha emisión: 27/07/2007
Institución: NO APLICA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales Lic. Geovanny Chinchilla Sánchez -2- 17 de julio, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 07935 17 de julio, 2007 FOE-SM-1353 Licenciado Geovanny Chinchilla Sánchez Auditor Municipal MUNICIPALIDAD DE PARRITA Puntarenas Estimado señor: Asunto: Solicitud de validación para eliminar del registro del pendiente de cobro montos del impuesto de bienes inmuebles reportados erróneamente por la administración tributaria municipal. Se atiende su oficio No. AI-061-07 recibido el 10 de julio del año en curso, mediante el cual solicita la validación para eliminar del pendiente de cobro del impuesto de bienes inmuebles algunos registros por deudas que se considera que no proceden, debido a que los contribuyentes se encuentran amparados a incentivos de la Ley Forestal No. 7575, y les corresponde la exención del impuesto citado; situación que no detectó a tiempo la administración tributaria de la Municipalidad de Parrita. Al respecto, se informa que otorgar la validación solicitada no es una de las competencias legales o constitucionales de este órgano contralor, sino que es responsabilidad de esa administración, para lo cual debe dictar las resoluciones pertinentes en las que quede plasmado, sin lugar a dudas, que en cada uno de los casos en estudio se cumple con los presupuestos jurídicos establecidos en la Ley Forestal y los otros cuerpos normativos aplicables. Corresponde dejar especial referencia de las certificaciones y la documentación extendida por el MINAE y sus dependencias -aportadas por los interesados- en las que se indique que el inmueble en cuestión está sometido y registrado en el régimen forestal por el que se otorga la exención. Téngase presente que dicho incentivo aplica al área plantada y durante el período establecido en la certificación pertinente, siempre y cuando se mantenga el cumplim ...
Fecha publicación: 01/08/2007
Fecha emisión: 17/07/2007
Institución: NO APLICA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República FOE-SAF-0273 3 18 de julio, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nro. 7983 FAX Nro. 221-0641 18 de julio, 2007 FOE-SAF-0273 Doctora Yalena de La Cruz, M. Sc. Calle 12, avenidas 14 y 18, casa Nro. 1433 San José Estimada señora Asunto: Solicitud de dictamen, interpretación o directriz sobre la autorización que corresponde al Jerarca de las Instituciones Autónomas, para el viaje de funcionarios públicos de la Autoridad Superior Administrativa cuando no se utilicen viáticos ni otro tipo de pagos. Se da respuesta a su nota D-061-2007 del 21 de mayo de 2007, mediante la cual solicita le suministremos algún dictamen, interpretación o directriz sobre la autorización que corresponde al Jerarca de las Instituciones Autónomas, para el viaje de funcionarios públicos de la Autoridad Superior Administrativa cuando no se utilicen viáticos ni otro tipo de pagos. Refiere que presenta esta consulta en su carácter personal, en razón de tener conocimiento de que el Presidente Ejecutivo del Patronato Nacional de la Infancia salió del país sin permiso de su Junta Directiva –de la cual la petente forma parte-, a la que sólo informó por oficio PE-477-2007 y luego en sesión de Junta 2007-019 del martes 17 de abril de 2007, pidió se tomara nota de su oficio y salida, añadiendo que por ser el evento en Panamá y salir el 18 e ingresar el 20, no se nombrara a la Vicepresidenta. Agrega que la Junta Directiva solamente resolvió tomar nota de la salida del Presidente Ejecutivo y nombró a la Vicepresidenta, a lo cual, la gestionante se opuso mediante voto salvado, en el tanto a su juicio, el Presidente Ejecutivo debió pedir permiso expreso de la Junta Directiva, según lo prevé el artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y d ...
Fecha publicación: 22/07/2007
Fecha emisión: 29/06/2007
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS
Tesauro: Competencia para extender autorizaciones


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales FOE-SOC-0000 2 13 de julio, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 07752 FAX: 260 18 55 29 de junio, 2007 FOE-SOC-0640 Señora Bárbara Holst Quirós Directora Ejecutiva CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACIÓN Y EDUCACIÓN ESPECIAL Estimada señora: Asunto: Respuesta requerimientos de autorización para la posesión de un inmueble y de certificación del monto desviado y no liquidado perteneciente a la Asociación Industrias de Buena Voluntad. Se procede a dar respuesta a su oficio DE-152-07 de fecha 16 de mayo del año en curso, mediante el cual solicita la autorización de este órgano contralor para obtener la posesión del inmueble perteneciente a la Asociación Industrias de Buena Voluntad y la emisión de una certificación del monto desviado y no liquidado por dicha organización, con el fin de poder iniciar el proceso de cobro en la vía ejecutiva. Para esos efectos se revisó el expediente del Procedimiento Ordinario Administrativo O.D. 002-2005, llevado a cabo por el Consejo que usted representa, derivado de una relación de hechos presentada por el Auditor Interno del CNREE, denominada “Administración de Recursos Financieros por 45 millones de colones asignados a la Asociación Industrias de Buena Voluntad de Costa Rica a través de la Ley 8040”. Al respecto, se le indica lo siguiente: 1.- Las solicitudes que usted gestiona escapan de la esfera de competencias asignadas a este órgano contralor, toda vez que la autorización para la toma de posesión del inmueble, adquiridos con los recursos provenientes de la Ley No. 8040, sólo puede otorgarla la autoridad judicial de conformidad con los artículos 13, 27, 28 y 34 de la Ley de Asociaciones y su Reglamento, No. 218. 2.- Por otra parte, solicita una resolución certificada del monto desviado y no liquidado por la Asociación de referencia, con el fin ...
Fecha publicación: 20/07/2007
Fecha emisión: 13/07/2007
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales FOE-SOC-0676 3 19 de julio, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 8010 FAX 279 55 46 17 de julio, 2007 FOE-SOC-0676 Licenciada Ana Teresa Guillén Sánchez Auditora Interna INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD INCIENSA Estimada señora: Asunto: Respuesta ampliación criterio externado en oficio No. 5671 del 4 de junio del 2007. Se procede a atender su solicitud planteada, en el oficio AI-20-07 de 19 de junio del año en curso, de ampliar el criterio jurídico externado por esta Área de Fiscalización, mediante oficio No. 5671 (FOE-SOC-0446) el 4 de junio pasado, relacionado con la aprobación de viáticos al exterior. Usted formula tres interrogantes, las cuales se transcribirán en el mismo orden en que fueron presentadas: A pesar de que las autorizaciones de viajes al exterior son competencia de la Dirección General, se requiere el acuerdo de salida de viaje firmado por la Ministra del Ministerio de Salud y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta? No se requiere que el acuerdo de salida de viaje sea firmado por la Ministra de Salud ni de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, toda vez que con la promulgación de la Ley No. 8270, se le otorgó personalidad jurídica instrumental al INCIENSA y se definió que la dirección técnica y administrativa, así como la representación legal y el agotamiento de la vía administrativa, estarán a cargo de un director general. A partir de qué momento la potestad de autorizar los viajes al exterior fue traslada de la Junta Directiva o Consejo Técnico, a la Dirección General, Gerencia General u otro nombre con el que se conoce el puesto de mayor jerarquía ejecutivo administrativa? Rige a partir del martes 26 de setiembre del 2006, fecha en que salió publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 184, la Resolución R-CO-71 dic ...
Fecha publicación: 19/07/2007
Fecha emisión: 19/07/2007
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales FOE-SOC-0638 2 12 de julio, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 07683 12 de julio, 2007 FOE-SOC-0638 Ingeniero René Escalante González Gerente División Administrativa CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS) Estimado señor: Asunto: Respuesta a solicitud de valoración de la disposición d) del punto 4 del Informe No. DFOE-SOC-21-2006, relativo a la aprobación del Presupuesto Ordinario de la CCSS para el 2007. Se atiende su oficio No. GDA-31974-07 del 3 de julio último, mediante el cual solicita se valore la disposición d) del punto 4 del “Informe sobre los resultados del estudio efectuado al plan-presupuesto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), para el ejercicio económico 2007”, No. DFOE-SOC-21-2006 del 30 de noviembre de 2006, en razón de lo señalado por la Procuraduría General de la República, en el dictamen C-187-2007 del 11 de junio del presente año. Sobre el particular, se debe manifestar que al efectuar el análisis del plan-presupuesto de la CCSS para el 2007, esta Contraloría General no encontró el contenido económico correspondiente a la transferencia de recursos que, de acuerdo a la obligación tributaria que se establece en el numeral 46 de la Ley No. 8488 del 22 de noviembre de 2005, deba efectuar esa entidad a la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, ni justificación alguna que la exima de dicho tributo, por lo que en la referida disposición d) del punto 4 del Informe de comentario, se ordenó a dicha institución incorporar, mediante el documento presupuestario correspondiente, los recursos para la citada transferencia. Por su parte, la Procuraduría General de la República concluye en el mencionado dictamen No. C-187-2007, que los recursos de los seguros sociales tienen un destino constitucionalmente establecido del cual no pueden apartar ...
Fecha publicación: 19/07/2007
Fecha emisión: 12/07/2007
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales FOE-SOC-0635 -6- 12 de julio, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 7604 12 de julio, 2007 FOE-SOC-0635 Señor Francisco Ibarra Arana Gerente General a.i Junta de Protección Social de San José Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la factibilidad de que la Junta de Protección Social de San José, otorgue ayudas técnicas a través de transferencias individuales en forma directa a los solicitantes. Nos referimos a su oficio No. G-1206 del 24 de abril de 2007, mediante el cual se consulta a este órgano contralor sobre la factibilidad de que la Junta de Protección Social de San José (en adelante JPSSJ), pueda otorgar ayudas técnicas mediante transferencias individuales en forma directa a los solicitantes, al amparo de lo establecido en el artículos 56 de la Ley 7600. Igualmente se indica que el procedimiento utilizado hasta la fecha, ha sido el de transferir recursos a organizaciones que prestan servicios a personas con discapacidad, siendo que en los casos mencionados, la entrega de la ayuda técnica al usuario final ha sido ineficiente. Al respecto, se debe indicar que si el actual procedimiento utilizado por la JPSSJ, en cuanto a realizar transferencias a las organizaciones de personas con discapacidad ha causado, en criterio de dicha Junta, que las ayudas a personas con discapacidad no lleguen de una forma eficiente, se debe recordar que esa Junta no está exenta del deber de ejercer el respectivo control sobre el uso efectivo y eficiente de los recursos que se han transferido a estas organizaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica de la Contraloría Genera de la República. En ese orden, el presente criterio se circunscribe a determinar la vialidad legal de que esa Junta brinde la ayuda directamente a los beneficiarios, sin embargo se hace la obse ...
Fecha publicación: 15/07/2007
Fecha emisión: 12/07/2007
Institución: JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS